miércoles, 18 de junio de 2014

Conmemorase el "Día Internacional de las Naciones Unidas en apoyo a las víctimas de la tortura" a celebrarse el 26 de junio del corriente-

PROYECTO DE DECLARACIÓN


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conmemora el "Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura", a celebrarse el 26 de junio del corriente y adhiere a las actividades a realizarse en dicho marco.







           

FUNDAMENTOS

Señora Presidenta:

El 12 de diciembre de 1997, la Asamblea, por recomendación del Consejo Económico y Social (decisión 1997/251), proclamó el 26 de junio Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura (resolución 52/149), con vistas a la erradicación total de la misma y a la aplicación efectiva de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (resolución 39/46), que entró en vigor el 26 de junio de 1987.

La Asamblea General creó en 1981 el Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura para financiar a las organizaciones que brindaban asistencia a las víctimas de la tortura y a sus familias. La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes fue aprobada por la Asamblea General en 1984 y entró en vigor en 1987. Actualmente, existe un órgano de expertos/as independientes denominado Comité contra la Tortura, que se ocupa de vigilar la aplicación de la Convención por los Estados Partes.

La Comisión de Derechos Humanos nombró en 1985 al primer Relator Especial sobre la cuestión de la tortura, siendo un experto independiente al que se le encomendó la misión de informar sobre la situación en el mundo. Durante el mismo período, la Asamblea General aprobó diversas resoluciones en las que destacaba la importancia que podía tener el personal de atención de la salud en la protección de los/as presos/as y detenidos/as contra la tortura, y estableció diversos principios generales para el trato de los/as prisionizados/as.

Conforme la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984, art. 1, párr. 1)  "Se entenderá por el término "tortura" todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas."

Conforme lo expresa la ONU, "con la tortura se trata de destruir la personalidad de la víctima despreciando la dignidad intrínseca de todo ser humano. Las Naciones Unidas han condenado desde sus comienzos la práctica de la tortura por ser uno de los actos más aborrecibles que los seres humanos cometen contra sus semejantes."[1]

 

Por los motivos expuestos, solicito la aprobación del presente proyecto de declaración[2].







[1] Ver http://www.un.org/es/events/torturevictimsday/
[2] Se agradece la colaboración del asesor Martín Muñoz en la elaboración del presente proyecto, y los aportes de los/as militantes de la Mesa Nacional por la Igualdad.