Coautores :QUINTANA, FRANCISCO ≈RACHID, MARÍA ≈
PROYECTO DE
DECLARACIÓN
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires celebra la iniciativa de la Revista Ya, del diario Mercurio de Chile, que
dispuso abandonar el uso del photoshop y contratar modelos mayores de 18
años y con un índice de masa corporal mayor a 18,5 en sus páginas editoriales,
esperando que nuestra sociedad adopte medidas similares.
FUNDAMENTOS
Señora Presidenta:
En enero de este año, la Revista Ya del
Diario Mercurio de Chile tomó una serie de medidas en pos de concientizar sobre
los estereotipos de belleza.
Bajo una campaña de buenas prácticas, la
revista femenina más leída de Chile y una de las más exitosas en términos
publicitarios y comerciales tomó la decisión de no retocar a las modelos usando
técnicas de Photoshop, se comprometió a contratar modelos mayores de 18 años y
con un índice corporal sobre 18,5 y a promover la reflexión sobre la imagen de
la mujer en los medios, a través de un seminario anual y foros con mujeres
líderes de los medios en Chile.
La Organización Mundial de la Salud utiliza
el Índice de Masa Corporal (IMC) como una forma de correlacionar la estatura y
el peso y así determinar casos de obesidad y desnutrición. En este sentido, se
establece que un IMC menor a 18,5 indica bajo peso y un IMC de entre 18,5 y
24,9 indica peso normal. [1]
Paula Escobar Chavarría, editora de la
Revista Ya, aseveró que se deben repensar los artículos desde otra lógica y que
resulta necesario romper con la idea de que lo bonito es delgado y joven.
Asimismo declaró que la principal dificultad es cultural y que desde los medios
de comunicación se debe evitar el tono normativo de los consejos de belleza,
“salir de la trampa de que las mujeres deben hacer o consumir ciertas cosas
para ser aceptadas”.
En la actualidad los medios de comunicación son
potentes instrumentos de creación y recreación del imaginario colectivo en la
sociedad occidental. El mito de la belleza usado por los medios se ha
convertido en una verdadera preocupación en la sociedad de la información y el
consumismo.
De esta manera, la
forma en la que los medios de comunicación representan a las mujeres afecta
directamente nuestra percepción difundiendo estereotipos que presentan un
modelo de mujer joven, bella y muy delgada.
La Declaración de Beijing aprobada en la
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer en 1995 expresa en su objetivo 33:
“En los últimos 20 años el mundo ha sido testigo de una explosión en el campo
de las comunicaciones. En virtud de los avances en la tecnología de las
computadoras y televisión por satélite y cable, el acceso mundial a la
información sigue aumentando y expandiéndose, con lo que se crean nuevas
oportunidades para la participación de la mujer en las comunicaciones y en los
medios de difusión, así como para la divulgación de información sobre la mujer.
Sin embargo, las redes mundiales de comunicación se han utilizado para difundir
imágenes estereotipadas y degradantes de la mujer con estrechos fines
comerciales y de consumismo. Mientras la mujer no participe equitativamente en
las esferas técnica y de adopción de decisiones dentro del contexto de las
comunicaciones y los medios de
difusión, incluidas las artes, seguirá siendo
objeto de representaciones falsas y se seguirá desconociendo cómo es en
realidad su vida. Los medios de difusión tienen muchas posibilidades de
promover el adelanto de la mujer y la igualdad entre mujeres y hombres
mostrando a las mujeres y los hombres sin estereotipos, de modo diverso y
equilibrado, y respetando la dignidad y el valor de la persona humana”.
Asimismo, la Ley Nacional N°
26.485 de "Protección integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la
Violencia contra las Mujeres"[2],
define la violencia mediática como "aquella publicación o difusión de
mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de
comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de
mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente
contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres,
adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la
desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la
desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres".
A su vez, la Ley Nacional N° 26.522
de Servicios de Comunicación Audiovisual[3],
en su artículo 70, establece que: “La programación de los servicios
previstos en esta ley deberá evitar contenidos que promuevan o inciten tratos
discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual,
el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el
origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento, el aspecto
físico, la presencia de discapacidades o que menoscaben la dignidad humana o
induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de
las personas y la integridad de los niños, niñas o adolescentes”.
También
su artículo 80, inciso i, dispone: "Los avisos publicitarios no importarán
discriminaciones de raza, etnia, género, orientación sexual, ideológicos,
socio-económicos o nacionalidad, entre otros; no menoscabarán la dignidad
humana, no ofenderán convicciones morales o religiosas, no inducirán a
comportamientos perjudiciales para el ambiente o la salud física y moral de los
niños, niñas y adolescentes".
Debemos ser conscientes que nuestra sociedad
está siendo presa de una cultura que plantea un ideal de belleza tan inalcanzable
como irreal y muchas veces peligroso para la salud. Consecuencia de esto nos
encontramos con fenómenos como los desórdenes alimenticios y las cada vez más
crecientes cirugías estéticas innecesarias o a edades en las que todavía las
niñas no han alcanzado su desarrollo completo, haciendo peligrar su salud.
Por todo lo expuesto solicito la aprobación
del presente proyecto.