viernes, 29 de agosto de 2014

INFORMES REFERIDOS AL CUMPLIMIENTO DE LA LEY N° 4.351 - CENTROS DE ATENCION VETERINARIA.-


PROYECTO DE RESOLUCIÓN


Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes, dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos referidos al cumplimiento de la Ley N° 4351 -Centros de Atención Veterinaria-:

a)      Indicar los objetivos y funciones del Programa "Mascotas de la Ciudad". Especificar las metas físicas del mismo, su presupuesto asignado y ejecutado, sus autoridades, y la nómina de trabajadores/as involucrados/as, detallando su formación y los mecanismos para la selección de los/las mismos/as. Indicar a qué obligaciones de la Ley N° 4351 se da cumplimento desde el citado programa.


b)      Indicar a cuáles de los objetivos previstos en la Ley N° 4351 se ha dado cumplimiento. Especificar las metas físicas logradas, el alcance de las prestaciones otorgadas y qué zonas de la ciudad se han abarcado. Asimismo, indicar el presupuesto asignado y el ejecutado.

c)      Indicar si se han realizado campañas de castraciones y esterilizaciones, y en caso afirmativo, si se han alcanzado las cifras mínimas previstas en la citada ley sobre el punto. Informar en qué zonas de la Ciudad se brinda o ha brindado dicho servicio, especificando dirección y comuna. Informar cuántas castraciones y esterilizaciones fueron realizadas. Detallar las especies de animales que fueron castrados o esterilizados, e indicar también cuántos de ellos han sido animales "domésticos" y cuáles "domésticos callejeros". Informar cuál es el plan de castraciones y esterilizaciones para el corriente año. Especificar el sistema de asignación de turnos y cuál fue el presupuesto asignado y ejecutado en materia de castraciones y esterilizaciones desde el 2013 a la fecha. Detallar los medios y recursos utilizados para difundir las campañas y los plazos promedios entre la difusión y la ejecución de tales campañas.

d)     Indicar cuantas atenciones, vacunaciones y desparasitaciones se han realizado, las campañas de difusión al respecto y los lugares en donde fueron llevadas a cabo tales acciones. Detallar el presupuesto destinado a tales fines y su ejecución.

e)      Informar si se han llevado a cabo campañas masivas de concientización y sensibilización sobre la importancia de la adopción de animales domésticos callejeros y tenencia responsable. En caso afirmativo, indique los medios de difusión utilizados, tiempos de duración de las campañas, y presupuesto asignado y ejecutado para la realización de las mismas. 

f)       Indicar qué prestaciones brinda el CAV inaugurado en Lacarra 3400, Villa Soldati, y si el mismo satisface los parámetros establecidos por la ley mencionada. Especificar si este CAV es permanente o móvil, y en este último caso, en qué direcciones atiende. Informar detalladamente cuál fue el presupuesto asignado y ejecutado, quienes trabajan en este CAV y bajo qué condiciones de contratación. Especificar insumos con los cuales desempeñan su trabajo, y si el CAV cumple con la guardia establecida por la ley mencionada. Enviar datos sobre cantidades de castraciones, esterilizaciones, atenciones, vacunaciones y desparasitaciones realizadas en tal lugar.  

g)      Informar si se ha realizado el estudio demográfico previsto en la ley mencionada. En caso afirmativo, especificar las fechas de su elaboración, quienes fueron los/as encargados/as del estudio, métodos utilizados para la recolección de datos, zonas de la ciudad abarcadas, cantidad de personas encuestadas y sus resultados.

h)      Detallar los programas destinados a brindar prestaciones para animales en la Ciudad.  Especificar sus metas físicas y sus presupuestos ejecutados, desde 2011 a la fecha.

i)        Informar si se ha dado cumplimiento a la obligación prevista en la citada ley, de establecer un CAV por comuna, indicando las direcciones de cada uno y la nómina del personal a cargo. En caso de no haber dado cumplimiento integro de esta obligación, indicar qué zonas carecen de CAV y cuándo se prevé su apertura.

j)        Informar si existe algún acuerdo con organismos gubernamentales y no gubernamentales, conforme lo previsto en la citada ley. Indicar el objeto de cada convenio y los alcances de los mismos. Especificar si se están realizando tareas o actividades en conjunto con el Instituto de Zoonosis Pasteur.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.


           

FUNDAMENTOS

Señora Presidenta:

            Este pedido de informes tiene como finalidad atender las dudas de vecinas y vecinos de la Ciudad que actualmente demuestran preocupación por la sanidad animal, la aplicación de la Ley N° 4351 -Centros de Atención Veterinaria- y la asignación y ejecución del presupuesto establecido a tal fin.

Dicha ley, sancionada el 01 de noviembre de 2012 y promulgada el 22 de noviembre del mismo año, es parte esencial de una política que abarca no sólo el resguardo de los derechos de los animales, sino también la promoción del concepto de tenencia y trato responsable hacia los animales domésticos de parte de las personas. Tiene por objeto el control poblacional de canes y felinos "domésticos" y "domésticos callejeros", como también la sanidad de todos ellos.

La ley crea los Centros de Atención Veterinaria Comunal (CAV) y los Centros Móviles de Atención Veterinaria (CMAV), estableciendo entre sus competencias la vacunación antirrábica, guardia veterinaria, la atención ambulatoria de animales domésticos y domésticos callejeros, la realización de tratamientos antisárnicos, esterilización, desparasitación y otras patologías de baja y mediana complejidad.

El Capítulo II de la citada ley dispone la realización de una Campaña de Control de la Demografía Animal, que consiste en castrar y esterilizar masivamente a animales domésticos o callejeros, detallando sus objetivos mínimos en el artículo 5°. Por su parte, el Capítulo IV determina que la autoridad de aplicación de la ley debe diseñar e implementar un Programa de Esterilización Quirúrgico de canes y felinos domésticos y domésticos callejeros, de carácter masivo, gratuito, sistemático y permanente. Las políticas de esterilización quirúrgica resultan esenciales para regular el crecimiento poblacional de canes y felinos domésticos en el ámbito de esta Ciudad.

Para el diseño del referido Programa se prevé la realización de un estudio demográfico de perros y gatos, el cual también tendría como objetivo establecer zonas prioritarias de intervención. La realización de dicho estudio posibilitaría conocer con mayor detalle las cantidades y localizaciones de los canes y felinos domésticos que deben ser alcanzados por el Programa, lo que contribuiría a que la autoridad de aplicación pueda definir la gradualidad y ubicación más aconsejable de los Centros de Atención Veterinaria. El mencionado Programa alcanza a los animales que posean dueño/a y también a aquellos que se encuentren abandonados, para lo cual deben promoverse acuerdos con organizaciones de la sociedad civil dedicadas a esta temática.

La realización de las tareas que se llevarían a cabo bajo el Programa acrecentaría la posibilidad de que, una vez atendidos, estos animales abandonados puedan ser adoptados por nuevos dueños/as que asuman el cuidado de los mismos.

Finalmente, se prevé que la autoridad de aplicación realice una campaña masiva de concientización y sensibilización sobre la importancia de la adopción de animales domésticos callejeros y tenencia responsable, control demográfico y sanidad animal.

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece en su artículo 27 que: "La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que promueve: (...) la protección de la fauna urbana y el respeto por su vida: controla su salubridad, evita la crueldad y controla su reproducción con métodos éticos..."

            Es por ello que, pretendiendo conocer fehacientemente las campañas realizadas en base al cumplimiento de la mencionada ley, se solicita la aprobación del presente proyecto de resolución[1].















[1] Se agradece la colaboración de la asesora Julieta Calderón en la elaboración del  presente proyecto, y los aportes realizados por los/as militantes de la Mesa Nacional por la Igualdad.