La Legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conmemora el Día Mundial de la Salud
Mental a celebrarse el 10 de Octubre del presente año y adhiere a las
actividades que se realicen en el marco de dicha fecha.
FUNDAMENTOS
Sra. Presidenta:
El 10 de octubre
fue declarado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), junto con la
Federación Mundial de Salud Mental, como el "Día Mundial de la Salud
Mental".
La celebración de este día se inicia en
el año 1992 en donde las organizaciones consideraron que “...sirve a muchos
países y organizaciones para concienciar a la población de los problemas de
salud mental y fomentar un debate abierto sobre los trastornos mentales, así
como las inversiones en servicios de prevención, promoción y tratamiento”[1].
Es decir que en
este día se busca sensibilizar, creyendo importante la tarea de promoción y
prevención, así como de concientización en relación a los derechos de las
personas usuarias de los servicios de salud mental, para garantizar que sean
reconocidas como sujetos de derecho, presumiéndose siempre su capacidad, como
indican las legislaciones vigentes, y garantizando que no sean discriminadas
por diagnóstico, antecedentes de tratamiento u hospitalización.
Las
organizaciones que instauraron este día establecen un lema diferente cada año
buscando concentrar la atención mundial en la identificación, tratamiento y
prevención de algún trastorno emocional determinado.
En el Año 2010
la consigna fue “Sin salud mental no hay salud real” y en relación a la conmemoración de este día se
declaro que “La conmemoración promueve un debate más franco en torno a los trastornos
mentales y las inversiones en servicios de prevención y tratamiento. El déficit
en el tratamiento de trastornos mentales, neurales y por abuso de sustancias es
formidable, sobre todo en los países de escasos recursos”.
Además
expresaron que “La salud física y la mental están imbricadas. Existe una
necesidad real de hacer frente a los problemas de salud mental de las personas
aquejadas de enfermedades físicas crónicas, así como de prestar asistencia
física a las personas con trastornos mentales mediante un proceso continuo e
integrado”[2].
En el año 2011
el lema fue “Invirtamos en salud mental”, haciendo un llamado a que los
Estados tomen conciencia sobre la importancia para la población de invertir en
dicha materia; en el año 2012 el lema fue “La depresión es el trastorno
mental más frecuente”, alertando que “afecta a 350 millones de
personas en el mundo. En América Latina y el Caribe la sufre el 5% de la
población adulta, pero seis de cada diez no reciben tratamiento”[3]; en el año 2013 se trabajó sobre la consigna "La salud mental y
los adultos mayores" haciendo un
llamamiento a que se redoblen los esfuerzos para poner en práctica el Plan de
Acción por el bien de todas las personas que padecen problemas de salud mental,
especialmente de las personas mayores que necesitan atención especial; y este 2014 el lema es "Viviendo con
Esquizofrenia".
Son muchos los
instrumentos internacionales en el ámbito de las Naciones Unidas y sus
organismos que abordan esta problemática; por ejemplo, la Declaración de
Alma-Ata, resultado de la Conferencia Regional para la Reestructuración de la
Atención Psiquiátrica en América Latina dentro de los Sistemas Locales de Salud
(OPS-OMS); Los Principios para la Protección de Enfermos Mentales y para el
Mejoramiento de la Atención en Salud Mental, de la Asamblea General de las
Naciones Unidas; La Declaración de Montreal sobre la Discapacidad Intelectual
(OPS-OMS,) entre otras.
A nivel nacional
se ha dado un importante avance en la materia con la sanción en el año 2010 de
la Ley Nacional Nº 26.657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental, y derogándose la anterior Ley Nº 22.914 de
Salud Pública para Personas con Deficiencias Mentales, Toxicómanos y
Alcohólicos Crónicos, sancionada en 1983.
La actual ley,
en su artículo 1° dispone: “La presente ley tiene por objeto asegurar el
derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno
goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental que se
encuentran en el territorio nacional, reconocidos en los instrumentos
internacionales de derechos humanos, con jerarquía constitucional, sin
perjuicio de las regulaciones más beneficiosas que para la protección de estos
derechos puedan establecer las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires".
Esta ley
contempla los derechos de toda persona a acceder de un modo gratuito,
igualitario y equitativo, a la atención integral de la salud mental,
desarrollada preferentemente fuera del ámbito de internación, en el marco de un
abordaje interdisciplinario e intersectorial, y basado en principios de
atención primaria de la salud.
Es el Estado el
responsable de garantizar el derecho a recibir un tratamiento personalizado en
un ambiente apto, con modalidades de atención basadas en la comunidad y
entendiendo a la internación como una medida restrictiva que sólo debe ser aplicada
como último recurso terapéutico.
También se
establece que las políticas públicas en materia de la salud mental tendrán una
perspectiva integral donde el eje deberá estar puesto en cada persona en
particular, entre otros principios que incluyen la perspectiva en derechos
humanos y de trato digno.
A su vez
establece que la prescripción de medicación debe responder a fines terapéuticos
y nunca como castigo, conveniencia de terceros o para suplir acompañamiento
terapéutico.
Anteriormente la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, había sancionado la Ley N° 448 de Salud Mental
en el año 2000, siendo esta un importante antecedente para la ley Nacional. En
ella se garantiza el derecho a la salud mental de todas las personas y las
responsabilidades de las instituciones en el ámbito de la Ciudad.
Esta ley
prioriza servicios ambulatorios, garantiza el trato no discriminatorio a los/as
pacientes, la obtención de tratamiento en un ambiente apto e íntimo, la
creación de nuevas modalidades de atención alternativas y talleres protegidos
para la capacitación y acompañamiento de pacientes. También amplía el alcance
de la atención de la salud mental a los hospitales generales, entre otras
disposiciones.
Las
legislaciones vigentes marcan un importante cambio de paradigma en relación a
la Salud Mental, en donde se incluye la perspectiva de Derechos Humanos como
eje fundamental. Sin embargo dicho
cambio es necesario acompañarlo y profundizarlo con políticas públicas
tendientes a la concientización y sensibilización en relación a la importancia
en la prevención y en el tratamiento de la salud mental sin discriminación,
buscando siempre la inclusión social de la personas usuarias de los servicios
de Salud Mental.
Por todos estos
motivos, es que solicitamos la adhesión de la Legislatura de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires al Día Mundial de la Salud Mental y a las actividades
que en marco de tal fecha se realicen, a fin de que este día sea una
oportunidad más para profundizar los avances en la materia.
Por lo expuesto,
solicito el acompañamiento y aprobación de la presente declaración[4].