miércoles, 24 de septiembre de 2014

Día Mundial de la Salud Mental


PROYECTO DE DECLARACIÓN


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conmemora el Día Mundial de la Salud Mental a celebrarse el 10 de Octubre del presente año y adhiere a las actividades que se realicen en el marco de dicha fecha.




FUNDAMENTOS


Sra. Presidenta:

El 10 de octubre fue declarado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), junto con la Federación Mundial de Salud Mental, como el "Día Mundial de la Salud Mental".
La celebración de este día se inicia en el año 1992 en donde las organizaciones consideraron que “...sirve a muchos países y organizaciones para concienciar a la población de los problemas de salud mental y fomentar un debate abierto sobre los trastornos mentales, así como las inversiones en servicios de prevención, promoción y tratamiento”[1].

Es decir que en este día se busca sensibilizar, creyendo importante la tarea de promoción y prevención, así como de concientización en relación a los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud mental, para garantizar que sean reconocidas como sujetos de derecho, presumiéndose siempre su capacidad, como indican las legislaciones vigentes, y garantizando que no sean discriminadas por diagnóstico, antecedentes de tratamiento u hospitalización. 

Las organizaciones que instauraron este día establecen un lema diferente cada año buscando concentrar la atención mundial en la identificación, tratamiento y prevención de algún trastorno emocional determinado.

En el Año 2010 la consigna fue Sin salud mental no hay salud real y en relación a la conmemoración de este día se declaro que La conmemoración promueve un debate más franco en torno a los trastornos mentales y las inversiones en servicios de prevención y tratamiento. El déficit en el tratamiento de trastornos mentales, neurales y por abuso de sustancias es formidable, sobre todo en los países de escasos recursos”.

Además expresaron que “La salud física y la mental están imbricadas. Existe una necesidad real de hacer frente a los problemas de salud mental de las personas aquejadas de enfermedades físicas crónicas, así como de prestar asistencia física a las personas con trastornos mentales mediante un proceso continuo e integrado”[2].

En el año 2011 el lema fue “Invirtamos en salud mental”, haciendo un llamado a que los Estados tomen conciencia sobre la importancia para la población de invertir en dicha materia; en el año 2012 el lema fue “La depresión es el trastorno mental más frecuente”, alertando que “afecta a 350 millones de personas en el mundo. En América Latina y el Caribe la sufre el 5% de la población adulta, pero seis de cada diez no reciben tratamiento[3]; en el año 2013 se trabajó sobre la consigna "La salud mental y los adultos mayores" haciendo un llamamiento a que se redoblen los esfuerzos para poner en práctica el Plan de Acción por el bien de todas las personas que padecen problemas de salud mental, especialmente de las personas mayores que necesitan atención especial; y este 2014 el lema es "Viviendo con Esquizofrenia".

Son muchos los instrumentos internacionales en el ámbito de las Naciones Unidas y sus organismos que abordan esta problemática; por ejemplo, la Declaración de Alma-Ata, resultado de la Conferencia Regional para la Reestructuración de la Atención Psiquiátrica en América Latina dentro de los Sistemas Locales de Salud (OPS-OMS); Los Principios para la Protección de Enfermos Mentales y para el Mejoramiento de la Atención en Salud Mental, de la Asamblea General de las Naciones Unidas; La Declaración de Montreal sobre la Discapacidad Intelectual (OPS-OMS,) entre otras.

A nivel nacional se ha dado un importante avance en la materia con la sanción en el año 2010 de la Ley Nacional Nº 26.657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental, y  derogándose la anterior Ley Nº 22.914 de Salud Pública para Personas con Deficiencias Mentales, Toxicómanos y Alcohólicos Crónicos, sancionada en 1983.

La actual ley, en su artículo 1° dispone: “La presente ley tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental que se encuentran en el territorio nacional, reconocidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos, con jerarquía constitucional, sin perjuicio de las regulaciones más beneficiosas que para la protección de estos derechos puedan establecer las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Esta ley contempla los derechos de toda persona a acceder de un modo gratuito, igualitario y equitativo, a la atención integral de la salud mental, desarrollada preferentemente fuera del ámbito de internación, en el marco de un abordaje interdisciplinario e intersectorial, y basado en principios de atención primaria de la salud.

Es el Estado el responsable de garantizar el derecho a recibir un tratamiento personalizado en un ambiente apto, con modalidades de atención basadas en la comunidad y entendiendo a la internación como una medida restrictiva que sólo debe ser aplicada como último recurso terapéutico.

También se establece que las políticas públicas en materia de la salud mental tendrán una perspectiva integral donde el eje deberá estar puesto en cada persona en particular, entre otros principios que incluyen la perspectiva en derechos humanos y de trato digno.

A su vez establece que la prescripción de medicación debe responder a fines terapéuticos y nunca como castigo, conveniencia de terceros o para suplir acompañamiento terapéutico. 

Anteriormente la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, había sancionado la Ley N° 448 de Salud Mental en el año 2000, siendo esta un importante antecedente para la ley Nacional. En ella se garantiza el derecho a la salud mental de todas las personas y las responsabilidades de las instituciones en el ámbito de la Ciudad.

Esta ley prioriza servicios ambulatorios, garantiza el trato no discriminatorio a los/as pacientes, la obtención de tratamiento en un ambiente apto e íntimo, la creación de nuevas modalidades de atención alternativas y talleres protegidos para la capacitación y acompañamiento de pacientes. También amplía el alcance de la atención de la salud mental a los hospitales generales, entre otras disposiciones.

Las legislaciones vigentes marcan un importante cambio de paradigma en relación a la Salud Mental, en donde se incluye la perspectiva de Derechos Humanos como eje  fundamental. Sin embargo dicho cambio es necesario acompañarlo y profundizarlo con políticas públicas tendientes a la concientización y sensibilización en relación a la importancia en la prevención y en el tratamiento de la salud mental sin discriminación, buscando siempre la inclusión social de la personas usuarias de los servicios de Salud Mental.

Por todos estos motivos, es que solicitamos la adhesión de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Día Mundial de la Salud Mental y a las actividades que en marco de tal fecha se realicen, a fin de que este día sea una oportunidad más para profundizar los avances en la materia.

Por lo expuesto, solicito el acompañamiento y aprobación de la presente declaración[4].







[1] Ver: http://www.who.int/mediacentre/news/notes/2012/mental_health_day_20121009/es/
[4] Se agradece la colaboración de las asesoras Lucía Berasueta y Alicia Rachid en la elaboración de la presente declaración, y los aportes realizados por los/as militantes de la Mesa Nacional por la Igualdad.