La
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara su beneplácito por el
comienzo de la discusión del proyecto de reforma y unificación del Código Civil
y Comercial de la Nación, en el entendimiento de que se trata de un importante
avance en materia de actualización y reconocimiento de derechos, poniendo a
nuestro país nuevamente a la vanguardia legislativa.
FUNDAMENTOS
Señora
Presidenta:
El proyecto
de unificación del Código Civil y Comercial de la Nación se plantea como una de
las modificaciones legales más importantes en lo que ha transcurrido de este
siglo XXI y con sus propuestas vuelve poner a nuestro país a la vanguardia
legislativa en una importante cantidad de las temáticas que aborda.
El
objetivo principal de la iniciativa es actualizar y ajustar el marco normativo
a las distintas realidades que en la actualidad conviven en nuestra sociedad y
así poder brindar una respuesta -desde una perspectiva jurídica más moderna- a
las situaciones de hecho que
se viven a diario y dotar a los/as jueces/zas de la mayor
cantidad de herramientas para que las mismas tengan su debido encuadre jurídico.
Temas
relacionados con el derecho de familia como filiación, matrimonio, adopción y responsabilidad
parental; fertilización asistida y voluntad procreacional; derechos de las
personas con discapacidad; propiedad comunitaria de la tierra de los pueblos indígenas;
protección de los/as consumidores/as; contratos electrónicos y protección del
medio ambiente, entre otros, son algunos de los tantos temas en los que se
pretende establecer nuevos paradigmas.
La
actualización de los mencionados temas constituyen una herramienta fundamental
no sólo desde el punto de vista del reconocimiento de los derechos en
condiciones de igualdad y no discriminación, sino también porque -en los
hechos- brinda una respuesta adecuada a
una gran cantidad de personas que no contaban con un marco normativo apropiado
a sus realidades y también actualiza la respuesta que el sistema jurídico
brindaba hasta ahora, a la luz del paradigma de los instrumentos
internacionales de derechos humanos.
Es dable
destacar que la redacción original del Código Civil de la Nación entró en vigor
en el año 1871 y que -más allá de las distintas modificaciones que ha sufrido
desde el regreso de la democracia- la última modificación que puede entenderse
como integral es la realizada en el año 1968 a través de la Ley Nº 17.711. Por
su parte, el Código Comercial de la Nación data del año 1890, en la actualidad
su articulado se encuentra en un estado de gran desorden y con gran cantidad de
disposiciones que han quedado en desuso.
Asimismo,
es importante destacar que -en el marco de su tratamiento en el Congreso de la
Nación- el proyecto será debatido en audiencias públicas, garantizando la
pluralidad de voces y el enriquecimiento del mismo.
Por los
motivos expuestos, en el entendimiento de que el contenido de la propuesta en
cuestión es perfectible, pero con la convicción de que se trata de un avance
que mece ser celebrado, se solicita la pronta aprobación del presente proyecto
de declaración.